Naturaleza del Sacerdocio

Naturaleza del Sacerdocio

"Así como no puede haber acción más excelente que la consagración del Cuerpo de Cristo, así no puede haber orden más alto que el Sacerdocio" (1) "No hay acto más grande que la consagración del Cuerpo de Cristo"(2). "El Obispo y el Sacerdote son iguales por lo que respecta a la consagración de la Sagrada Eucaristía" San Juan Crisóstomo funda la Santidad del Sacerdocio, que en el Obispo y en el Sacerdote es una misma, en la doble jurisdicción que tiene sobre el Cuerpo natural y el Cuerpo místico de Cristo, es decir, en el poder de la consagración y en el de la absolución. (3)

Es una verdad de fe divina que Nuestro Señor Jesucristo ordenó de Sacerdotes a los Apóstoles cuando con aquellas palabras: Hoc facite in meam commemorationem, les concedió el poder de celebrar el santo sacrificio. (4). Es también verdad de fe divina, que cuando, tres días después, alentó hacia ellos diciendo: Recibid el Espíritu Santoles dio el poder de la absolución. (5). Con estos dos Poderes el Sacerdocio se completó. La autoridad pastoral y !a misión de adoctrinar en todo el mundo todavía no se había conferido a los Apóstoles. Recibieron entonces tan sólo jurisdicción sobre su Cuerpo natural y místico, y juntamente el poder de conferir a otros la misma facultad por medio de la ordenación, puesto que su Sacerdocio era Sacerdotium Christi ad Ecclesiam regendam a Spiritu Sancto positum...

Al conferir el mismo después, concedieron a algunos el oficio sacerdotal en toda su plenitud, esto es, con el poder de conferirlo a otros… y a algunos, con la limitación de que el Sacerdote ordenado no pueda impartir a otros la jurisdicción sacerdotal que él ha recibido. Exceptuando esto sólo (a), el Sacerdocio en el Obispo, y el Sacerdocio en el simple Presbítero, son una sola cosa y la misma enteramente… y sin embargo, el Episcopado es. por el divino poder de la ordenación, más grande que el Presbiterado… y esta diferencia es divina en su origen e incomunicable. San Jerónimo dice: Quid enim facit, excepta ordinatione, Episcopus quod Presbyter non faciat? (6).

Es de fe que el Episcopado es estado de perfección instituido por Jesucristo. Es cierto también que el Presbiterado está incluido en el Episcopado. Y por consiguiente cuanto se diga del Presbiterado en sí mismo, es igualmente aplicable al Obispo que al Presbítero, y por esto vemos que en los primeros tiempos del Cristianismo se daban indistintamente ambos nombres a uno y a otro. La recomendación que San Pablo hace escribiendo a Timoteo y a Tito para que trabajasen en adquirir la perfección cristiana, se dirige lo mismo al Obispo que al Presbítero. (7) Y todo el libro de San Juan Crisóstomo De Sacerdotio, expresamente se aplica y del mismo modo a ambos.

Santo Tomás dice que los Sacerdotes participan del Sacerdocio de Cristo nuestro Señor, y que están configurados o conformados con Él. Pesemos, pues, en la balanza del Santuario el valor de estas palabras: Sacerdocio, participación y configuración en el sentido que se usan.

I ¿Qué es, pues, el Sacerdocio del Hijo Encarnado? (8). Es el Oficio que tomó para la Redención del mundo mediante la Oblación que de Sí mismo hizo vestido de nuestra humanidad. Él es el Altar, la Víctima y el Sacerdote por una eterna consagración de Sí mismo. Éste es el Sacerdocio eterno según el orden de Melquisedec, que fue sin principio de días y sin fin de vida (9), tipo del eterno Sacerdocio del Hijo de Dios, el solo Rey de Paz.

II. Por participación entiende Santo Tomás que siendo uno el Sacerdocio de Jesucristo, y al mismo tiempo único, perpetuo y universal, todos los demás Sacerdotes consagrados en la nueva ley son uno con Él, y participan de su propio Sacerdocio (10). No hay, pues, dos Sacerdocios, como no hay dos Sacrificios por el pecado. Sino que un sólo Sacrificio ha redimido para siempre al mundo, y es ofrecido continuamente en el cielo y en la tierra: en el cielo por el solo Sacerdote delante del Altar eterno… en la tierra por la multitud y sucesión de Sacerdotes que son uno con Él como participantes de su Sacerdocio, no como meros representantes, sino en realidad… así como el Sacrificio que ofrecen no es una mera representación, sino el verdadero, real y sustancial Cuerpo y Sangre de Cristo, ofrecidos por sus manos.

(1) Albert. M. lib. IV Sent. dist. XXIV, art. 30.

(2) D. Thom. Summa theol. lib. III, In Suppl. q, 40 a 4, 5. (3) De Sacerdotio, L. III, § 4, 5. (4) Concil. Trid. Sess. XX, e. IX, can. 2. (5) Ibíd, Sess. xiv, e. III, can. 3.

(a) Al decir esto sólo, claro es que el Autor se refiere, como lo advierte más abajo, a lo que siendo propio de Obispo no puede ser comunicado al presbítero, porque otras diferencias hay entre el Episcopado y el Presbiterado comunicables a este último. Nota de los Editores).

(6) S. Hieron. Epist. CI, ad Evangelum, t. vi, p. 803. (7) Theodor. In Ep. Phi1l. I 1.

(8) "Proprie offlcíum Sacerdotis est esse mediatorem inter Deum et popuIum in quantum scilicet divina populo tradit." (Summa S. Thom., P. III, q, XXII a, J.). "Et ideo ipse Christus, in quantum homo non solum fuit Sacerdos, sed etiani hostia perfecta simul existens hostia pro peceato et hostia pacifica et holocaustum." (Ibid., a 2.)

(10) P. III, q. LXIII, 6 et q. XXIL 5 6.